México “enfrenta” ciberdelitos con ley de hace casi 20 años

El anonimato de muchos usuarios en las redes sociales y una legislación anticuada son parte del cóctel que amenaza la seguridad y privacidad de periodistas y figuras públicas, quienes son víctimas de ataques virtuales y reales a medida en que se popularizan más las redes sociales.

La principal razón es que el Código Penal Federal, que tipifica los delitos informáticos en sus artículos 211 bis 1 al 7, no se ha actualizado desde 1999, lo que genera la probable impunidad en este tipo de casos, afirmó Joel Gómez Treviño, presidente de la Academia Mexicana de Derecho Informático.

“Se están creando nuevas formas de ciberataques y las autoridades desafortunadamente están maniatadas por varias razones: la falta de una legislación adecuada. La legislación penal federal se forma en 1999, es decir, ya tenemos casi 20 años con el Código Penal Federal, y es una figura que está muy muy mal redactada”, dijo Gómez Treviño en entrevista con el HuffPost México.

El especialista afirmó que “hace falta una urgente modificación a la ley mexicana en materia de delitos cibernéticos porque lo que tenemos hoy no es suficiente”.

En específico, Gómez Treviño urgió la firma de un convenio Budapest, —un tratado europeo de cibercriminalidad— que da flexibilidad a las autoridades para perseguir probables delitos cometidos bajo el laxo amparo de los avances en las tecnologías de información.

La jurisdicción del país llamado internet

Las deficiencias para atajar los ciberdelitos no se limitan a las mal actualizadas leyes mexicanas. De acuerdo con el especialista, es imposible investigar vía web ya que hay que tomar en cuenta que la mayoría de las plataformas que soportan las redes sociales están ubicadas en el extranjero, primordialmente en Estados Unidos.

Además, las autoridades mexicanas no cuentan con la capacitación suficiente en estos delitos, a pesar de que existen cuerpos policiales supuestamente especializados, como las policías cibernéticas federal y sus versiones estatales. En su caso, sus facultades son muy limitadas.

“Si bien tenemos policía cibernética federal y algunas estatales, en su mayor parte se dedican a hacer patrullajes en internet para detectar pedófilos”, consideró el abogado especialista en derecho informático, protección de datos personales y propiedad intelectual. “Además, son autoridades que no tienen dientes, o sea que solo tienen facultades de investigación y no pueden actuar en lo absoluto. Hace falta una gran labor en México para evitar los ciberdelitos”.

El caso De Mauleón

Recordando el reciente caso del columnista del periódico El Universal, Héctor De Mauleón, quien denunció el pasado 1 de marzo amenazas en su contra por parte de un tuitero, Gómez Treviño precisó que internet es el medio más no el objeto propiamente del delito, por lo que la policía cibernética procedió con la detención del agresor José Castrejón Aguilar.

Recalcó que el Código Penal estipula una penalidad de tres días a un año de prisión o de seis a doce meses de multa a quien “de cualquier modo” amenace a otro con causarle un daño en su persona, sus bienes, su honor, sus derechos o la persona o derechos de alguien con quien tenga algún vínculo la víctima; y que es elección del juez tomar medidas cautelares para defender los intereses de las personas que puedan estar en riesgo.

Por otra parte, Gómez Treviño lamentó que aunque las amenazas en internet han aumentado a pasos agigantados, el tema solo es reconocido cuando los involucrados son personajes de la vida pública y que poco se escuchan las amenazas que cotidianamente reciben otro tipo de personas.

“Esas personas reciben amenazas de manera cotidiana, ahora que pasó el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo) se habló mucho de la violencia digital a las mujeres, en fin podríamos citar violencia en contra de los niños, el abuso infantil, el ciberbullying, entre otros, lo triste es que solo toman relevancia aquellas que están relacionadas a la prensa”, sentenció.

[Fragmento de entrevista que The Huffington Post realizó a Joel Gómez Treviño, publicada el 24 de marzo de 2017. Ver nota completa en este enlace.]